domingo, 25 de agosto de 2013

Pensión Por Incapacidad Enfermedad Profesional

Pensión por enfermedad profesional es la que se produce por accidentes laborales, trayecto o por enfermedades de carácter crónicas producidas por el trabajo.
Pasos para  iniciar tramites de incapacidad:
Primero: Tener un informe medico que acredite enfermedad de carácter profesional o de origen de su trabajo. Esta enfermedad para que sea configurada debe haber agotado todo los tratamientos médicos, tratamientos quirúrgicos, rehabilitación, tratamientos permanentes por ser enfermedad crónica. tener exámenes, RX, Scanner, Resonancia magnéticas,audiometrias, todo lo que cada trabajador dispone de acuerdo a su enfermedad.
Segundo; solicitar al Compin  mas cerca de su domicilio un  formato tipo que debe llenar el doctor tratante y  debe adjuntar los antecedentes médicos  para su evaluación por compin.
Si fuera rechazado puede apelar a superintendencias de seguridad social
Tercero: Presentar a IPS,  IST, Mutual de Seguridad(ACHS), Hospital del Trabajador(ACHS) Resolución de incapacidad que resuelve Compin. Después de esta resolución la entidad que uno esta afiliado como trabajador puede apelar y uno también tiene  derecho a apelar lo resuelto por Compin a la entidad COMERE.
 Si su incapacidad es mayor de 15% de menoscabo laboral tiene derecho a  indemnización hasta un 34% de incapacidad de acuerdo a la tabla, mas de un 35% de incapacidad usted tiene derecho a pensión parcial  y mayor de 50% de incapacidad el trabajador tiene derecho a una pensión total definitiva  hasta los 65 años edad legal que el trabajador debe pensionarse  en AFP por su capital en pensión de vejez