jueves, 30 de mayo de 2013

Reconsideracion de Licencia

Reconsideracion  es cuando se rechaza el reclamo en primera instancia  y el afiliado no presento todos los antecedentes médicos del diagnostico.
Efectuar una nueva carta solicitando que se  reconsidere el diagnostico que se emitió la solicitud de licencia medica por Dr. tratante, acompañar  con todos los  antecedentes disponibles médicos que tenga, ademas agregar todos los tratamientos indicados, nuevos exámenes efectuados durante este tiempo.
Duración de este tramite de  60 a 90 días aproximados.

sábado, 25 de mayo de 2013

Derecho a Pensión de Invalidez

Derecho a pensión por incapacidad o enfermedades comunes.


Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a solicitar pensión de invalidez por enfermedades de carácter crónica y  permanente, considerando agotadas las instancias de tratamientos médicos para el reintegro a la vida laboral
Fuente: Superintendencia de Pensiones art 4  DL 3500. de 1980

Paso para  solicitar este tramite según articulo 22  D.L. 3500 de 1980  Fuente: SAFP
Primero: Al estar las enfermedades tratadas por mas dieciséis meses con tratamientos permanentes y el Dr. tratante considera el diagnostico como crónico  usted tiene derecho a presentarse ante la AFP que usted esta afiliado con y sin los informes originales  solo con su carnet y informar para que se inicie la solicitud de pensión de invalidez.

Segundo paso: La AFP envía información a comisión medica regional  para que cite al afiliado a evaluación de incapacidad, después de ser  sido evaluado por  el diagnostico por medico asignado y medico especialista de enfermedad, comisión resuelve su incapacidad y informa al afiliado por carta certificada  a su domicilio

Tercer Paso: Derecho a reclamo...  Pte
art.. D.L. 3500 de 1980
Cuarto paso: Derecho reposición....pte
art..   D.L. 3500 de 1980
Quinto Paso:  Recurso de protección a tribunales de justicia....Pte

Decreto Ley 3500 de 1980 fuente Superintendencia de AFP

Decreto Ley 3500 de1980, fuente  Biblioteca del Congreso Nacional
Foto Gratis

sábado, 18 de mayo de 2013

Direccion Web de Superintendencia de Seguridad Social

Aquí dejo dirección  de sitio web de superintendencia de seguridad social
http://www.suseso.com
aqui cada afiliado que tenga que efectuar reclamo de licencias puede buscar todo lo necesario para su reclamo,  puede visitar esta pagina y puede encontrar jurisprudencias de esta superintendencias de  otras reclamos y  depende de cada caso individual usted puede utilizar estas intancias y amparse en lo mismo.
Tambien aqui encuentra la forma de como hacer un seguimiento de su reclamo.
Tiene un formulario electrónico de reclamo que puede llenar y acompañar de  exámenes, certificados médicos,  escanear y adjuntar a reclamo, es una buena forma de efectuar reclamo hoy , aprovechar las herramientas y la  tecnología  actual es mas rápido,   le emiten números de su reclamo y usted puede imprimir para su respaldo., seguimiento por Internet en esta sitio web.

viernes, 17 de mayo de 2013

Derecho a Licencia Medica

Derecho a Licencia Medica




Derecho que tiene todo trabajador(a) en Chile a percibir subsidio por incapacidad por enfermedades de origen común o profesional.


Profesionales que emiten licencias medicas

Médicos  cirujanos
Médicos especialista
Dentista, 
Matronas

1.- El beneficiario debe tramitar ante el empleador, la empresa debe recepcionar  licencia medica y entregar al trabajador colilla con fecha, timbre y firma, que sirve  para pago posterior de su subsidio, la empresa debe llenar la solicitud de licencia al reverso con los datos requeridos por formulario y debe entregarla a caja de compensación , compin, INP, de acuerdo a la empresa que el trabajador desarrolla su trabajo.
2.-  El beneficiario debe tramitar si  estuviera con  carta de despido y/o  finiquito, debe efectuar ante la Inspección del trabajo la visacion que indica estado del trabajador   de acuerdo a  codigo del trabajo.  El trabajador debe  entregar  a caja de compensación  o compin correspondiente más cercano a su domicilio. Adjuntar informes médicos donde indique diagnósticos y tratamientos a efectuar, exámenes, RX, Scanner, todos los que usted disponga de su enfermedad para así justificar ante compin incapacidad que lo(a) afecta. Doctores contralores de compin deben emitir su autorización o rechazo.

Requisitos para tener derechos a subsidio

Trabajador(a) dependiente  
Trabajador(a) independiente

1.-Trabajador dependiente; estar  trabajando con cotizaciones previsionales a lo menos  seis meses de afiliado al sistema previsional, tener tres últimos meses trabajados para su cálculo de subsidio
2.-Trabajador independiente, tener un mínimo de  seis  meses de imposiciones y un año de afiliado sistema previsional.
El trabajador privado tiene el plazo de  dos días hábiles y tres días trabajador publico  para entregar al empleador su licencia médica, que  justifica  al trabajo por estar falto y  incapacitado.
En el caso de que empleador no   llenara oportunamente los antecedentes correspondientes y entrega dentro de los plazos legales, debe hacerse responsable del pago de subsidio


 Rechazo de solicitud de licencia médica por Compin

Solicitar resolución de rechazo  en  compin
Solicitar  Formulario de reposición
Disponer de colilla de licencia que corresponde al trabajador con fecha ,timbre  y  firma del empleador
Llenar el formulario con los datos solicitados  privados de cada afiliados y llenar  en la parte de fundamento de  reclamo una exposición  de porque usted está con licencia médica, indicar diagnostico que lo afecta, tratamiento que indica el medico tratante, adjuntar certificado medico , exámenes, RX, sccanner, Resonancia magnética, todo lo que se dispone para justificar  su incapacidad por el  diagnostico que fue emitida  su solicitud de licencia medica
Todos antecedentes aportados deben ser fotocopias, tener usted respaldo de cada uno de ellos por  posible rechazo y continuar con reclamos otras instancias superiores, superintendencias de seguridad social


La falta más común de los afiliados

Es no acompañar la licencia médica con sus informes médicos donde indique diagnostico medico, tratamientos e ordenes medicas  de examanes etc.
No acompañar fotocopia de  ordenes de  exámenes a efectuar,
No  acompañar a  licencia si dispone de exámenes,  Rx , Scanner, resonancias magnética en su poder
todo esto sirve para  demostrar su incapacidad, entregar fotocopias de todo lo anterior mencionado para  quede usted  tenga respaldo de su incapacidad y estos sirven para otras instancias supriores  seguir sus reclamos
No tener  respaldo de cada documento orden medica, informes ,examenes entregados a compin o Isapre

Derecho a reclamo ante superintendencia de seguridad social

Debe  solicitar a compin resolución con motivo de rechazo
Solicitara a compin  fotocopia de licencia completas por ambos lados 
Solicitar formulario de superintendencia de seguridad social o  efectuar carta  privada
Llenar el formulario de superintendencia de seguridad social, o   en carta privada  informar procedimientos médicos efectuados, respaldado con informe medico  que indique diagnostico y tratamientos efectuados, informes de terapias de rehabilitación si la hubieran, exámenes.
 Enviar por correo  certificado, entregar  a oficinas de superintendencia mas cercana a su domicilio.
Tiempo de reclamo 90 días aproximados, consultar por teléfonos a superintendencias de seguridad social

Derecho reconsideración de superintendencia de seguridad social

Todo afiliado previsional tiene derecho a  solicitar una reposición y reconsideración  a superintendencia con  el argumentado que su enfermedad a ido en  progresivo aumento. Adjuntar nuevos antecedentes médicos,  solicitar peritajes si nunca lo han solicitado compin de acuerdo a  art. 21 letras  a,e.  DS Nº3/1984.

Derechos.
Cada trabajador  debe considerar que tiene derecho a subsidio por incapacidad por enfermedades en tratamiento médicos  o bajo observación tratamiento (BOT) para su reintegro laboral, no tiene derecho a percibir subsidio por enfermedades de carácter crónicas o permanentes, solo cuando se encuentra con tramite de solicitud de invalidez por primera vez. 


Jurisprudencia : Normativas que lo rigen 
Decreto Supremo Nº 3 de 1984
DFL   44/1978
DFL Nº 1 Codigo del Trabajo
Ley Nº 16774 Enfermedades profesionales
DL Nº 3500
Ley 18469

Sergio Silva
celular: 09-81643535
email: sergio.osc@gmail.com